Deducciones

Gastos Deducibles y No Deducibles SAT 2026: Tabla

Equipo heru
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Gastos Deducibles y No Deducibles SAT 2026: Tabla

Un gasto deducible es aquel que puedes restar de tus ingresos para pagar menos ISR. Pero no todos los gastos califican: el SAT establece reglas estrictas sobre que se puede deducir, bajo que condiciones y con que límites.

En esta guía encontrarás la tabla más completa de gastos deducibles vs no deducibles, organizada por régimen fiscal, con los requisitos que cada gasto debe cumplir para que el SAT lo acepte.

Regla de oro: 4 requisitos para que cualquier gasto sea deducible

Antes de revisar la tabla, entiende los cuatro requisitos que todo gasto debe cumplir para ser deducible (artículo 27, LISR):

1. CFDI válido

  • Qué significa: Debes tener una factura electrónica (CFDI 4.0) a tu nombre y RFC
  • Ejemplo: Factura de tu laptop con tu RFC correcto

2. Pago bancarizado

  • Qué significa: El pago debe hacerse con tarjeta, transferencia o cheque nominativo. No efectivo
  • Ejemplo: Transferencia bancaria por servicios de internet

3. Estrictamente indispensable

  • Qué significa: El gasto debe estar directamente relacionado con tu actividad económica
  • Ejemplo: Gasolina si eres conductor; software si eres diseñador

4. Registrado en contabilidad

  • Qué significa: Debe estar asentado en tus registros contables
  • Ejemplo: Ingresado en heru o en tu sistema contable

Si falla cualquiera de estos cuatro requisitos, el gasto no es deducible, aunque sea un concepto que normalmente si lo sería.

Gastos deducibles según tu régimen fiscal

Diferencia crítica por régimen

RESICO

  • Puedes deducir gastos de tu actividad?: No. Pagas ISR sobre ingreso bruto (1%-2.5%)
  • Puedes aplicar deducciones personales?: Sí, en la declaración anual

Actividad Empresarial y Profesional

  • Puedes deducir gastos de tu actividad?: Sí. Pagas ISR sobre utilidad (ingresos - deducciones)
  • Puedes aplicar deducciones personales?: Sí, en la declaración anual

Sueldos y Salarios

  • Puedes deducir gastos de tu actividad?: No aplica (tu patrón deduce)
  • Puedes aplicar deducciones personales?: Sí, en la declaración anual

Plataformas Tecnológicas (pago definitivo)

  • Puedes deducir gastos de tu actividad?: No
  • Puedes aplicar deducciones personales?: No (no presentas anual)

Importante para RESICO: Si estás en RESICO, no puedes deducir gastos operativos (equipo, gasolina, renta, etc.) porque la tasa baja del 1%-2.5% ya compensa la falta de deducciones. Sin embargo, si puedes aplicar deducciones personales en tu declaración anual (gastos médicos, colegiaturas, etc.). Más detalles en nuestra guía RESICO 2026.

Tabla maestra: gastos deducibles vs no deducibles

Gastos de actividad económica (Actividad Empresarial y Profesional)

Equipo de cómputo

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Deducción por depreciación al 30% anual
  • Fundamento legal: Art. 34, fracc. VII, LISR

Software y licencias

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Deducción al 100% si es por suscripción; 30% si es compra
  • Fundamento legal: Art. 33, fracc. IV, LISR

Renta de oficina o local

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: 100% si es indispensable para la actividad
  • Fundamento legal: Art. 27, fracc. I, LISR

Servicios de internet y teléfono

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Proporción usada para el negocio
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Gasolina y combustibles

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Pago con tarjeta, transferencia o monedero electrónico. Nunca en efectivo, sin importar el monto
  • Fundamento legal: Art. 27, fracc. III y Art. 28, fracc. II, LISR

Mantenimiento de vehículo

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Proporcional al uso de negocio
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Automóvil (compra)

  • Deducible?: Sí, parcial
  • Condiciones / Límite: Deducible hasta $175,000 del valor, depreciación 25% anual. Híbrido/eléctrico: hasta $250,000
  • Fundamento legal: Art. 36, fracc. II, LISR

Renta de automóvil

  • Deducible?: Sí, parcial
  • Condiciones / Límite: Hasta $200 MXN diarios (hasta $285 para híbridos/eléctricos)
  • Fundamento legal: Art. 28, fracc. XIII, LISR

Salarios y prestaciones

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Si cumples con IMSS, INFONAVIT, SAR
  • Fundamento legal: Art. 27, fracc. V, LISR

Honorarios profesionales

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Con CFDI y pago bancarizado
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Seguros del negocio

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Primas de seguros directamente vinculados
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Papeleria y suministros

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Indispensable para la actividad
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Publicidad y marketing

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Directamente relacionada con la actividad
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Capacitacion y cursos

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Relacionados con tu actividad profesional
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Intereses de créditos

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: Si el crédito fue para la actividad económica
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Comisiones bancarias

  • Deducible?:
  • Condiciones / Límite: De cuentas usadas para el negocio
  • Fundamento legal: Art. 27, LISR

Consumos en restaurantes

  • Deducible?: Parcial
  • Condiciones / Límite: Solo el 91.5% del gasto, pagado con tarjeta
  • Fundamento legal: Art. 28, fracc. XX, LISR

Viaticos (hospedaje nacional)

  • Deducible?: Sí, con tope
  • Condiciones / Límite: Hasta $3,850 MXN diarios por persona
  • Fundamento legal: Art. 28, fracc. V, LISR

Viaticos (hospedaje extranjero)

  • Deducible?: Sí, con tope
  • Condiciones / Límite: Hasta $3,850 MXN diarios por persona
  • Fundamento legal: Art. 28, fracc. V, LISR

Viaticos (alimentacion nacional)

  • Deducible?: Sí, con tope
  • Condiciones / Límite: Hasta $750 MXN diarios por persona
  • Fundamento legal: Art. 28, fracc. V, LISR

Viaticos (alimentacion extranjero)

  • Deducible?: Sí, con tope
  • Condiciones / Límite: Hasta $1,500 MXN diarios por persona
  • Fundamento legal: Art. 28, fracc. V, LISR

Gastos NO deducibles (artículo 28, LISR)

ISR propio

  • Por qué no es deducible: El impuesto sobre la renta a tu cargo nunca es deducible
  • Fundamento: Art. 28, fracc. I, LISR

Multas y recargos

  • Por qué no es deducible: Sanciones fiscales no se deducen
  • Fundamento: Art. 28, fracc. VI, LISR

Gastos pagados en efectivo

  • Por qué no es deducible: Falta de bancarización invalida la deducción
  • Fundamento: Art. 27, fracc. III, LISR

Facturas a nombre de otra persona

  • Por qué no es deducible: El CFDI debe tener tu RFC exacto
  • Fundamento: Art. 29-A, CFF

Obsequios y regalos

  • Por qué no es deducible: Salvo que esten directamente vinculados a la venta
  • Fundamento: Art. 28, fracc. III, LISR

Gastos de representacion

  • Por qué no es deducible: Nunca deducibles
  • Fundamento: Art. 28, fracc. IV, LISR

Gastos sin CFDI

  • Por qué no es deducible: Sin factura no hay deducción
  • Fundamento: Art. 27, fracc. III, LISR

Provisiones y reservas

  • Por qué no es deducible: Gastos futuros estimados no se deducen
  • Fundamento: Art. 28, fracc. VIII, LISR

Pagos a paraisos fiscales

  • Por qué no es deducible: Salvo excepciones específicas
  • Fundamento: Art. 28, fracc. XXIII, LISR

Sanciones e indemnizaciones por daños

  • Por qué no es deducible: No deducibles salvo que deriven de riesgos de la actividad
  • Fundamento: Art. 28, fracc. VII, LISR

Pago de créditos al capital

  • Por qué no es deducible: Solo los intereses son deducibles, no el capital
  • Fundamento: Art. 28, fracc. IX, LISR

IVA e IEPS trasladados

  • Por qué no es deducible: Se acreditan, no se deducen (son conceptos distintos)
  • Fundamento: Art. 28, fracc. XV, LISR

8.5% de consumo en restaurantes

  • Por qué no es deducible: Solo el 91.5% es deducible
  • Fundamento: Art. 28, fracc. XX, LISR

Deducciones personales (todos los regímenes con declaración anual)

Las deducciones personales son distintas a las deducciones de actividad. Estás aplican para todos los contribuyentes que presentan declaración anual, incluyendo asalariados y personas en RESICO.

Límite global 2026: $206,418.60 (5 UMAs anuales: 5 x $42,794.64) o el 15% de tus ingresos anuales, lo que resulte menor (artículo 151, último párrafo, LISR; UMA 2026: $117.31 diario según INEGI).

Honorarios médicos y dentales

  • Límite específico: Sin límite propio (dentro del global)
  • Requisitos: CFDI, pago bancarizado, no efectivo

Gastos hospitalarios

  • Límite específico: Sin límite propio (dentro del global)
  • Requisitos: CFDI del hospital

Honorarios de psicólogos y nutriólogos

  • Límite específico: Sin límite propio (dentro del global)
  • Requisitos: CFDI, título profesional del prestador

Lentes opticos graduados

  • Límite específico: Hasta $2,500 MXN por persona al año
  • Requisitos: Dentro del CFDI del óptico/oftalmólogo

Primas de seguros de gastos médicos

  • Límite específico: Sin límite propio (dentro del global)
  • Requisitos: CFDI de la aseguradora

Colegiaturas

  • Límite específico: Tope anual por nivel (ver abajo)
  • Requisitos: Institución con RVOE, CFDI

Transporte escolar

  • Límite específico: Solo si es obligatorio
  • Requisitos: CFDI

Gastos funerarios

  • Límite específico: Hasta 1 UMA anual ($42,794.64 en 2026)
  • Requisitos: CFDI

Donativos

  • Límite específico: Hasta 7% de ingresos acumulables del año anterior (4% para gobierno)
  • Requisitos: Donataria autorizada, CFDI

Intereses reales de hipoteca

  • Límite específico: Hasta 750,000 UDIS del crédito original
  • Requisitos: Constancia del banco

Aportaciones voluntarias al retiro

  • Límite específico: Hasta 10% de ingresos o 5 UMAs anuales ($213,973.20 en 2026), lo menor
  • Requisitos: Subcuenta de retiro personal

Cuentas especiales de ahorro

  • Límite específico: Hasta $152,000 MXN anuales
  • Requisitos: Depositos en cuentas con el beneficio fiscal

Límites de colegiaturas 2026 (por nivel educativo)

Las colegiaturas tienen tope propio y no entran en el límite global de $206,418.60:

Preescolar

  • Límite anual por alumno: $14,200

Primaria

  • Límite anual por alumno: $12,900

Secundaria

  • Límite anual por alumno: $19,900

Profesional técnico

  • Límite anual por alumno: $17,100

Bachillerato o equivalente

  • Límite anual por alumno: $24,500

Fuente: Decreto DOF 26/12/2013, aun vigente en 2026. Los montos no se han actualizado.

Gastos deducibles específicos por tipo de trabajador independiente

Si eres conductor de Uber, DiDi o plataforma de transporte

Gasolina

  • Deducible en Act. Empresarial?:
  • Notas: Con tarjeta, nunca en efectivo

Mantenimiento del auto

  • Deducible en Act. Empresarial?:
  • Notas: Alineación, balanceo, servicio

Seguro del auto

  • Deducible en Act. Empresarial?:
  • Notas: Proporción de uso para la plataforma

Teléfono celular

  • Deducible en Act. Empresarial?: Sí, parcial
  • Notas: Proporción de uso para la app

Depreciación del auto

  • Deducible en Act. Empresarial?:
  • Notas: Hasta $175,000, al 25% anual

Nota: Si optaste por pago definitivo en el régimen de plataformas tecnológicas, no puedes deducir estos gastos. Solo aplican si estás en Actividad Empresarial. Consulta nuestra guía de plataformas tecnológicas para elegir la mejor opción.

Si eres freelancer o profesionista independiente

Laptop y equipo de trabajo

  • Deducible?:
  • Notas: Depreciación 30% anual

Software (Adobe, Figma, etc.)

  • Deducible?:
  • Notas: 100% si es suscripción

Coworking o renta de oficina

  • Deducible?:
  • Notas: Con CFDI

Internet en casa

  • Deducible?: Sí, parcial
  • Notas: Proporción de uso profesional

Libros y materiales profesionales

  • Deducible?:
  • Notas: Relacionados con tu actividad

Certificaciones y cursos

  • Deducible?:
  • Notas: Relacionados con tu actividad

7 errores que hacen que el SAT rechace tus deducciones

  1. Pagar en efectivo: La gasolina pagada en efectivo nunca es deducible, sin importar el monto. Lo mismo aplica para casi cualquier gasto que supere $2,000 MXN.
  2. CFDI con RFC incorrecto: Si la factura tiene un solo dígito mal en tu RFC, el SAT la rechaza automáticamente en la declaración anual prellenada.
  3. Uso de CFDI equivocado: El campo "Uso del CFDI" debe coincidir con el tipo de deducción. Los gastos médicos deben tener uso "D01 - Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios".
  4. Gastar sin relación con tu actividad: Un diseñador grafico no puede deducir herramientas de plomeria. El gasto debe ser estrictamente indispensable para tu actividad.
  5. No declarar en el período correcto: Un gasto de diciembre 2025 se deduce en la anual 2025, no en 2026.
  6. Confundir IVA acreditable con deducción: El IVA que pagas en tus compras se acredita (se resta del IVA que cobras), no se deduce del ISR. Son mecanismos distintos.
  7. Exceder el límite global de deducciones personales: Si tu 15% es menor que $206,418.60, ese es tu tope. Acumular más facturas no servirá.

Cómo llevar el control de tus gastos deducibles con heru

Con heru puedes:

  • Clasificar automáticamente tus gastos cómo deducibles o no deducibles
  • Almacenar tus CFDI y verificar que cumplan los requisitos del SAT
  • Calcular tus declaraciones mensuales restando los gastos deducibles de tus ingresos
  • Generar facturas para tus ingresos y asegurar que el "Uso del CFDI" sea correcto

Aprende más sobre cómo facturar correctamente en nuestra guía de cómo facturar en heru paso a paso.

Preguntas frecuentes

¿Los gastos médicos pagados en efectivo son deducibles?

No. Para que los gastos médicos sean deducibles, el pago debe hacerse con tarjeta de crédito, debito, transferencia o cheque nominativo. El efectivo invalida la deducción, incluso si tienes la factura correcta (artículo 151, fracción I, LISR).

¿Puedo deducir la renta de mi departamento si trabajo desde casa?

Si estás en Actividad Empresarial, puedes deducir la proporción de la renta correspondiente al espacio que usas exclusivamente para trabajar. Necesitas CFDI de la renta y que el arrendador emita factura.

¿El límite de $206,418.60 incluye las colegiaturas?

No. Las colegiaturas tienen un tope propio por nivel educativo y no se suman al límite global de deducciones personales. Puedes deducir ambos conceptos.

¿Qué pasa si un gasto es parcialmente deducible?

Algunos gastos solo son deducibles en un porcentaje. El ejemplo más común es el consumo en restaurantes: solo el 91.5% es deducible, y debe pagarse con tarjeta. El otro 8.5% es gasto no deducible.

¿En RESICO puedo deducir la gasolina o el equipo de cómputo?

No. En RESICO no existen deducciones de actividad (gastos operativos). A cambio, pagas una tasa muy baja de ISR (1% a 2.5%). Solo puedes aplicar deducciones personales en tu declaración anual (gastos médicos, colegiaturas, etc.). Consulta nuestra guía de cómo pagar menos impuestos legalmente.

Última actualización: agosto 2026. Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un profesional fiscal. UMA 2026: $117.31 diario, $3,566.22 mensual, $42,794.64 anual (INEGI). Límite de deducciones personales 2026: $206,418.60 (5 UMAs anuales) o 15% de ingresos brutos, lo menor.

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