RESICO fotografía · Bodas · Producto · Editorial

Fotógrafo en RESICO: tasa baja e ingreso estacional.

Temporada de bodas cargada y meses flojos. En RESICO pagas de 1% a 2.5% sobre lo que efectivamente cobras cada mes, sin promedios ni pagos provisionales inflados. Y el IVA de tu equipo sí se recupera.

1%–2.5%
ISR sobre ingresos
16%
IVA en tu actividad
0
declaraciones anuales
  • 1% a 2.5% de ISR sobre lo cobrado: los meses flojos pagan poco
  • IVA de cámaras, lentes, luces y edición acreditable al 100%
  • Sin declaración anual ni contabilidad electrónica

Información fiscal vigente para 2026 · Actualizado en

IVA 16%

Tu año no es una línea recta

En RESICO cada mes paga la tasa que le toca a ese mes. La temporada baja no arrastra impuesto.

EFMAMJJASOND

Mes flojo

$8,000

ISR: $80.00 · tasa 1%

Temporada alta

$110,000

ISR: $2,200.00 · tasa 2%

¿Puedes estar en RESICO siendo fotógrafo? Esto es lo que pagarías

Sí, si trabajas por tu cuenta, facturas menos de $3.5 millones al año y no eres socio de una persona moral.

  • Pagas de 1% a 2.5% de ISR sobre lo cobrado: los meses flojos pagan poco.
  • Tus servicios causan IVA al 16%.
  • Tu equipo no baja tu ISR, pero su IVA sí es acreditable al 100%.
  • Si le facturas a una agencia o revista, te retiene 1.25% de ISR y 10.6667% de IVA.

RESICO es un régimen de personas físicas. En heru solo llevamos personas físicas: es en lo que somos buenos.

Datos clave

Tasa de ISR en RESICO
1% a 2.5% sobre ingresos cobrados
IVA en servicios fotográficos
16%
IVA del equipo
Acreditable al 100%
Retención de agencias y empresas
1.25% ISR + 10.6667% IVA
Anticipos de boda
Se factura como CFDI de anticipo
Límite de ingresos
$3,500,000 al año

Para todo perfil

Bodas y eventos

Anticipos, temporada alta, cliente persona física

Producto y e-commerce

Marcas y agencias que retienen

Editorial y prensa

Revistas, medios, colaboraciones

Retrato y familia

Sesiones recurrentes, paquetes

Arquitectura e inmobiliaria

Desarrolladoras y agencias

Video y contenido

Producción para marcas y redes

Qué gana un fotógrafo en RESICO

Cuatro, y ninguna es deducir gastos: RESICO no lo permite.

01

Los meses flojos pagan poco

En RESICO cada mes se grava con la tasa que corresponde a ese ingreso. Un enero de $8,000 paga 1% ($80). En el régimen general los pagos provisionales se calculan con un coeficiente del año anterior y no perdonan la temporada baja.

02

El IVA de tu equipo se recupera

Cuerpo de cámara, lentes, luces, tarjetas, discos, laptop, software. El IVA de todo eso es acreditable contra el que cobras. En un mes de inversión, puedes salir con saldo a favor.

03

Pagas cuando cobras

La boda de diciembre que se contrató en marzo genera impuesto conforme entran los pagos, no cuando firmaste el contrato.

04

Sin declaración anual

Los pagos mensuales son definitivos. Un año con ingresos concentrados en cinco meses deja de ser un dolor de cabeza.

IVA · 16%

IVA al 16%, y por eso recuperas el de tu equipo

Los servicios fotográficos están gravados al 16%. Lo trasladas en tu factura, lo declaras cada mes y le restas el IVA de tus gastos.

Si tu cliente es una agencia, una revista o una empresa, te retiene 10.6667% del IVA y 1.25% de ISR. El novio que te contrata la boda no retiene nada.

Si trabajas para clientes en el extranjero (bancos de imágenes, agencias fuera de México) ese ingreso puede calificar como exportación de servicios a tasa 0%, conservando el derecho a acreditar el IVA de tus gastos.

Fundamento: LIVA art. 1 · LIVA art. 1-A · LIVA art. 29 · LIVA art. 5

Servicios en México

16%

Bodas, producto, editorial

Clientes en el extranjero

0%

Exportación de servicios

El IVA de tus gastos sí es acreditable

Un lente de $45,000 trae alrededor de $6,206 de IVA acreditable. Un cuerpo de cámara de $80,000, unos $11,034. Ese dinero solo se recupera si la factura está a tu RFC y se captura en el mes correcto: es la razón principal por la que un fotógrafo con equipo debe declarar en forma.

El error más caro del régimen

Agencias y revistas retienen; los novios no

Agencias, marcas, revistas y productoras

Al facturar a una empresa desde RESICO te retienen 1.25% de ISR y 10.6667% de IVA, documentados en el CFDI de retenciones que emite el cliente.

Con clientes persona física (bodas, retratos, familias) no hay retención: cobras completo y tú enteras el IVA.

Si tu mezcla es mayoritariamente corporativa, las retenciones acumuladas suelen superar tu impuesto causado y generan saldo a favor.

heru lo hace automático

Descargamos tus CFDI de retenciones del SAT, los cruzamos con tus facturas emitidas y restamos lo retenido antes de calcular lo que debes pagar.

Acreditar la retención vs. no hacerlo

Sin acreditar

$825.00

de ISR cada mes

Acreditando

$481.25

de ISR cada mes

Sobre el ejemplo de $55,000 al mes, no acreditar la retención de ISR cuesta $343.75 extra cada mes) $4,125.00 al año que el SAT ya tenía.

A eso se suman $2,933.33 mensuales de IVA retenido que también se acreditan.

La pregunta que más se busca

¿Qué gastos puede deducir un fotógrafo en RESICO?
Ninguno. Y aun así pagas menos.

El artículo 113-F calcula tu ISR sobre lo cobrado «sin aplicar deducción alguna». No restas gastos del negocio ni las deducciones personales de la anual. Y aun así pagas menos: la tasa es de 1% a 2.5% en lugar de hasta 35%.

Lo que sí recuperas es el IVA. Tus gastos no bajan tu ISR, pero el IVA que pagaste en ellos sí se acredita contra el IVA que trasladas, siempre que tengas el CFDI a tu RFC. Es dinero real que la mayoría deja pasar.

Cuándo RESICO no te conviene

El año en que renuevas cuerpos y lentes, esa inversión no baja un peso de tu ISR en RESICO. En el régimen general la deducirías vía depreciación. Si vas a invertir fuerte, corre el número antes de decidir.

Tus gastos reales

No reducen tu ISR, pero su IVA sí es acreditable. Guardar cada CFDI vale dinero.

📷 Cuerpos de cámara y lentes
💡 Iluminación y modificadores
💾 Tarjetas y discos duros
💻 Laptop y software de edición
🎬 Renta de equipo especial
👥 Segundo fotógrafo y asistente
🚗 Transporte y viáticos
🖼️ Álbumes e impresión
🌐 Sitio web y portafolio
🛡️ Seguro de equipo

* Cada gasto necesita CFDI a tu RFC para poder acreditar su IVA

Tasas de ISR en RESICO 2026

La tasa depende de cuánto facturas al mes, no de tu profesión.

Tasas de ISR del Régimen Simplificado de Confianza por nivel de ingreso mensual, aplicables a fotógrafos en México en 2026.
Ingreso mensual cobrado Tasa de ISR ISR en el tope del tramo
$0 – $25,000 1% $250
$25,000 – $50,000 1.1% $550
$50,000 – $83,333 1.5% $1,250
$83,333 – $208,333 2% $4,167
$208,333 – $3,500,000 2.5% $87,500

Tope anual

Si superas $3,500,000 de ingresos en el año, sales de RESICO a partir del mes siguiente.

Retención de personas morales

Toda persona moral que te pague retiene 1.25% de ISR, y tú lo acreditas contra el pago del mes.

Tasas conforme al artículo 113-E de la Ley del ISR.

¿Qué régimen fiscal le conviene a un fotógrafo? RESICO vs Régimen general

Antes de cambiarte corremos este número con tus cifras reales.

Comparación entre el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y Actividad Empresarial y Profesional para fotógrafos en México.
Concepto RESICO Actividad Empresarial y Profesional
Tasa de ISR 1% a 2.5% sobre ingresos cobrados 1.92% a 35% sobre la utilidad
Deducción de gastos No aplica: el ISR se calcula sin deducción alguna Sí: cada peso deducido baja la base del ISR
Deducciones personales (art. 151) No aplican Sí, en la declaración anual
Declaración anual No la presentas: los pagos mensuales son definitivos Obligatoria, a más tardar el 30 de abril
Contabilidad electrónica No la llevas Obligatoria
Límite de ingresos Hasta $3,500,000 al año Sin límite
IVA 16% trasladado, IVA de gastos y equipo acreditable Mismo tratamiento de IVA
Retención cuando le facturas a una empresa 1.25% de ISR 10% de ISR
Te conviene si… Facturas menos de $3.5 MDP y tu equipo ya está comprado Vas a renovar equipo completo este año o subcontratas mucho a segundos fotógrafos

¿Puedes estar en RESICO siendo fotógrafo?

Los requisitos, y los casos en los que no aplica.

Facturas menos de $3.5 MDP al año

El límite aplica al total de tus ingresos del año por tu actividad. Si lo rebasas, sales de RESICO a partir del mes siguiente.

Tributas como persona física

No necesitas constituir una sociedad ni tener empleados para estar en RESICO.

Puedes vender servicio y producto

Sesiones, álbumes impresos y licencias de uso caben en RESICO y se suman para el tope anual.

Cuidado con los ingresos por bancos de imágenes

Las regalías de bancos de imágenes extranjeros tienen su propio tratamiento y conviene revisarlos caso por caso antes de facturarlos como exportación.

No aplicas si eres socio o accionista de una persona moral

Tener participación en una sociedad te saca de RESICO, aunque la sociedad no reparta utilidades. Hay excepciones para socios de sociedades de ahorro y asociaciones sin fines de lucro.

Te sacan si dejas de declarar 3 meses seguidos

El SAT te expulsa de RESICO si omites tres declaraciones mensuales consecutivas (o seis no consecutivas en el año) y pasas al régimen general, con ISR de hasta 35%.

¿No estás seguro de tu caso? Habla con un asesor fiscal de heru →

Calculadora

¿Cuánto paga de impuestos un fotógrafo en RESICO?

Pon lo que facturas al mes. Ajusta el IVA según el tipo de servicio que cobras.

Calculadora de impuestos RESICO

Calcula cuánto pagarías en impuestos bajo RESICO con base en tus ingresos y gastos mensuales.

$
MXN
$
MXN

Gastos relacionados con tu actividad económica. En RESICO no se deducen para ISR, pero el IVA de tus gastos sí se puede acreditar contra el IVA que cobras.

Tu contador para fotógrafos, sin despacho y sin filas

No es un software donde tú capturas: es un equipo que opera tu RFC cada mes.

Capturamos el IVA de tu equipo

Descargamos automáticamente los CFDI que tus proveedores emiten a tu RFC.

Facturamos anticipos de boda como debe ser

CFDI de anticipo y su aplicación posterior.

Acreditamos tus retenciones

El 1.25% y el 10.6667% de agencias y revistas se aplican cada mes contra lo que debes.

Declaramos con estacionalidad

Temporada alta y temporada baja, cada mes con su tasa.

Documentamos tus clientes del extranjero

Si exportas servicios, armamos el soporte para sostener la tasa 0% y detectamos el saldo a favor que genera.

Te ponemos al corriente

Si tienes declaraciones atrasadas, las presentamos y limpiamos tu opinión de cumplimiento.

Cómo darte de alta en RESICO como fotógrafo

Tú conectas tu RFC. Del SAT nos encargamos nosotros.

01

Conectas tu RFC

Vinculas tu RFC con tu contraseña del SAT o tu e.firma. Descargamos tu constancia de situación fiscal, tus facturas emitidas y tus CFDI de retenciones.

02

Vemos si RESICO te conviene

Vemos tu mezcla de clientes (empresas contra particulares) y tu plan de inversión en equipo para comparar RESICO contra el régimen general.

03

Hacemos el cambio de régimen

Presentamos el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT. Sin filas, sin cita, sin que tú entres al portal.

04

Declaramos cada mes por ti

Presentamos ISR e IVA antes del día 17, con el IVA de tu equipo acreditado y tus retenciones aplicadas.

El plan para fotógrafos en RESICO

Sin contratos forzosos.

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Precio mensualizado del plan anual; ahorro total: $2,400.

Ideal para personas que generan ingresos como independientes, freelancer, RESICO, renta de propiedades, ventas online, influencers o médicos

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Tu plan incluye

Alta en el SAT, el régimen de RESICO y la actividad económica correspondiente.

Declaramos tus impuestos antes del 17 de cada mes

Detección automática de deducciones optimizada con inteligencia artificial

¿Ya rebasaste los $3.5 MDP? Sigues siendo persona física, pasas a Actividad Empresarial y Profesional. Ver ese régimen →

Nuestros clientes nos recomiendan

+50,000 contribuyentes usan heru para resolver sus impuestos

Preguntas frecuentes

Aprende más sobre RESICO

Freelancer trabajando en su escritorio - Guia RESICO 2026

Guía completa del Régimen RESICO 2026

RESICO te permite pagar entre 1% y 2.5% de ISR en lugar del 20-35% del régimen general. Esta guía te explica quién califica, cuánto pagas, tus obligaciones y los errores que te pueden sacar del régimen.

10 min de lectura
RESICO para fotógrafos

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