RESICO veterinario · Clínica · Consulta a domicilio

Veterinario en RESICO: tu IVA sí se recupera.

A diferencia de la medicina humana, los servicios veterinarios están gravados con IVA al 16%. Suena a desventaja y es lo contrario: significa que el IVA de tu equipo, medicamentos e insumos sí es acreditable. La mayoría de las clínicas pequeñas no lo está aprovechando.

1%–2.5%
ISR sobre ingresos
16%
IVA en tu actividad
0
declaraciones anuales
  • 1% a 2.5% de ISR sobre ingresos cobrados, en lugar de hasta 35%
  • IVA de equipo, medicamentos e insumos acreditable contra el que cobras
  • Sin declaración anual y sin contabilidad electrónica

Información fiscal vigente para 2026 · Actualizado en

IVA 16%

Tu mes en RESICO

Clínica veterinaria que factura $70,000 al mes sin IVA: $17,500 a un laboratorio y $52,500 a dueños particulares, con $28,000 de compras del mes.

Ingresos del mes (sin IVA)$70,000
ISR RESICO (1.5%)$1,050.00
Retención de ISR (1.25%)− $218.75
IVA trasladado (16%)$11,200.00
IVA retenido (10.67%)− $1,866.67
IVA acreditable de tus compras− $3,862.07
Pagas al SAT este mes$6,302.51

Calculado con los tramos vigentes del artículo 113-E.

¿Puedes estar en RESICO siendo veterinario? Esto es lo que pagarías

Sí, si ejerces por tu cuenta, facturas menos de $3.5 millones al año y no eres socio de una persona moral.

  • Pagas de 1% a 2.5% de ISR sobre lo cobrado, sin declaración anual.
  • Tus servicios sí causan IVA al 16%: la exención es solo para medicina humana.
  • Y por eso mismo el IVA de tu equipo, medicamentos e insumos se acredita completo.
  • En un mes de compra fuerte puedes terminar con saldo a favor.

RESICO es un régimen de personas físicas. En heru solo llevamos personas físicas: es en lo que somos buenos.

Datos clave

Tasa de ISR en RESICO
1% a 2.5% sobre ingresos cobrados
IVA en servicios veterinarios
16%: gravado, no exento
IVA de gastos
Acreditable al 100%
Límite de ingresos
$3,500,000 al año
Retención cuando le facturas a una empresa
1.25% ISR + 10.6667% IVA
Declaración anual
No se presenta

Para todo perfil

Clínica de pequeñas especies

Consulta, vacunación, cirugía, hospitalización

Consulta a domicilio

Sin local, alta rotación, cobro con terminal

Grandes especies

Ganadería, equinos, asesoría a ranchos

Especialista

Oftalmología, ortopedia, dermatología, exóticos

Asesor técnico

Facturas a laboratorios y empresas de alimento

Estética y pensión

Servicios complementarios dentro de la clínica

Qué gana un veterinario en RESICO

Cuatro, y ninguna es deducir gastos: RESICO no lo permite.

01

Tasa de 1% a 2.5%, no de hasta 35%

El ISR de RESICO se calcula sobre ingresos cobrados con tasa de un dígito. En el régimen general, la tarifa progresiva sobre la utilidad llega al 35%.

02

El IVA de tu inversión se recupera

Ultrasonido, equipo de rayos X, mesa de cirugía, anestesia, medicamentos, alimento e insumos: el IVA de todo eso es acreditable contra el IVA que cobras. En un mes de compra fuerte puedes salir con saldo a favor.

03

Sin declaración anual

Los pagos mensuales son definitivos: no presentas anual y no llevas contabilidad electrónica.

04

Cabe la venta de producto

Alimento, medicamentos y accesorios que vendes en mostrador también entran en RESICO mientras el total del año no rebase $3.5 MDP.

IVA · 16%

Tus servicios sí causan IVA, y por eso lo recuperas

La exención de IVA de la Ley del IVA aplica a los servicios profesionales de medicina humana. Los servicios veterinarios no están en ese supuesto: se trasladan con IVA al 16% y se declaran cada mes.

Muchas clínicas pequeñas cobran 'precio cerrado' sin desglosar IVA y terminan absorbiéndolo. Es un error caro: si cobras $600 por una consulta sin desglosar, estás entregando ~$83 de IVA de tu bolsa.

El lado bueno es grande: como tus actos están gravados, el IVA de todo lo que compras para operar es acreditable. Equipo, medicamentos, alimento, renta, luz, software de clínica. Ese IVA no reduce tu ISR, pero sí reduce peso por peso lo que enteras de IVA.

Fundamento: LIVA art. 1 y art. 5 · La exención del art. 15, fr. XIV es para medicina humana

Servicios veterinarios

16%

Consulta, cirugía, vacunación

Venta de producto

16%

Alimento, medicamentos, accesorios

El IVA de tus gastos sí es acreditable

Con actos 100% gravados acreditas el IVA íntegro de tus gastos e inversiones. La condición es tener el CFDI a tu RFC y haberlo pagado por medios trazables. Guardar la factura del proveedor de medicamentos vale exactamente el 16% de esa compra.

El error más caro del régimen

Si asesoras a empresas o ranchos, hay retención doble

Laboratorios, empresas de alimento, ranchos, distribuidoras

Cuando le facturas a una empresa (un laboratorio, una distribuidora, una empresa ganadera) estando en RESICO, te retienen 1.25% de ISR y 10.6667% de IVA, que son dos terceras partes del 16%.

Ambas retenciones son anticipos acreditables. Si trabajas mucho con empresas y poco con público general, es habitual acumular saldo a favor de IVA que se puede solicitar en devolución.

En cambio, el dueño que trae a su perro a consulta es persona física: ahí no hay retención, cobras el IVA completo y lo enteras tú.

heru lo hace automático

Descargamos tus CFDI de retenciones del SAT, los cruzamos con tus facturas emitidas y restamos lo retenido antes de calcular lo que debes pagar.

Acreditar la retención vs. no hacerlo

Sin acreditar

$1,050.00

de ISR cada mes

Acreditando

$831.25

de ISR cada mes

Sobre el ejemplo de $70,000 al mes, no acreditar la retención de ISR cuesta $218.75 extra cada mes) $2,625.00 al año que el SAT ya tenía.

A eso se suman $1,866.67 mensuales de IVA retenido que también se acreditan.

La pregunta que más se busca

¿Qué gastos puede deducir un veterinario en RESICO?
Ninguno. Y aun así pagas menos.

El artículo 113-F calcula tu ISR sobre lo cobrado «sin aplicar deducción alguna». No restas gastos del negocio ni las deducciones personales de la anual. Y aun así pagas menos: la tasa es de 1% a 2.5% en lugar de hasta 35%.

Lo que sí recuperas es el IVA. Tus gastos no bajan tu ISR, pero el IVA que pagaste en ellos sí se acredita contra el IVA que trasladas, siempre que tengas el CFDI a tu RFC. Es dinero real que la mayoría deja pasar.

Cuándo RESICO no te conviene

Una clínica con inventario alto de medicamentos y alimento puede tener costos por encima del 50% de sus ingresos. Si ese es tu caso, el régimen general (donde sí restas el costo) puede pagar menos ISR que RESICO. Es exactamente el cálculo que hacemos antes de moverte.

Tus gastos reales

No reducen tu ISR, pero su IVA sí es acreditable. Guardar cada CFDI vale dinero.

💉 Medicamentos e insumos
🩻 Equipo de rayos X y ultrasonido
🏥 Mesa de cirugía y anestesia
🏬 Renta del local
🦴 Alimento y producto de reventa
💻 Software de clínica y expediente
🔬 Laboratorio de análisis externo
👥 Personal auxiliar
Luz, agua y esterilización
📣 Publicidad y redes

* Cada gasto necesita CFDI a tu RFC para poder acreditar su IVA

Tasas de ISR en RESICO 2026

La tasa depende de cuánto facturas al mes, no de tu profesión.

Tasas de ISR del Régimen Simplificado de Confianza por nivel de ingreso mensual, aplicables a veterinarios en México en 2026.
Ingreso mensual cobrado Tasa de ISR ISR en el tope del tramo
$0 – $25,000 1% $250
$25,000 – $50,000 1.1% $550
$50,000 – $83,333 1.5% $1,250
$83,333 – $208,333 2% $4,167
$208,333 – $3,500,000 2.5% $87,500

Tope anual

Si superas $3,500,000 de ingresos en el año, sales de RESICO a partir del mes siguiente.

Retención de personas morales

Toda persona moral que te pague retiene 1.25% de ISR, y tú lo acreditas contra el pago del mes.

Tasas conforme al artículo 113-E de la Ley del ISR.

¿Qué régimen fiscal le conviene a un veterinario? RESICO vs Régimen general

Antes de cambiarte corremos este número con tus cifras reales.

Comparación entre el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y Actividad Empresarial y Profesional para veterinarios en México.
Concepto RESICO Actividad Empresarial y Profesional
Tasa de ISR 1% a 2.5% sobre ingresos cobrados 1.92% a 35% sobre la utilidad
Deducción de gastos No aplica: el ISR se calcula sin deducción alguna Sí: cada peso deducido baja la base del ISR
Deducciones personales (art. 151) No aplican Sí, en la declaración anual
Declaración anual No la presentas: los pagos mensuales son definitivos Obligatoria, a más tardar el 30 de abril
Contabilidad electrónica No la llevas Obligatoria
Límite de ingresos Hasta $3,500,000 al año Sin límite
IVA 16% trasladado, IVA de gastos acreditable al 100% Mismo tratamiento de IVA: lo que cambia es el ISR
Retención cuando le facturas a una empresa 1.25% de ISR 10% de ISR
Te conviene si… Facturas menos de $3.5 MDP y tus compras no superan el 40% de tus ingresos Compras mucho inventario o vas a invertir en equipo caro este año

¿Puedes estar en RESICO siendo veterinario?

Los requisitos, y los casos en los que no aplica.

Facturas menos de $3.5 MDP al año

El límite aplica al total de tus ingresos del año por tu actividad. Si lo rebasas, sales de RESICO a partir del mes siguiente.

Tributas como persona física

No necesitas constituir una sociedad ni tener empleados para estar en RESICO.

Puedes vender producto y dar servicio a la vez

Consulta, cirugía, alimento y accesorios caben todos en RESICO mientras el total anual no rebase $3.5 MDP.

No aplica si la clínica está constituida como sociedad y tú eres socio

Si la clínica es una S.A. o S.C. y tienes acciones, no puedes estar en RESICO como persona física. La sociedad tributaría por su cuenta.

No aplicas si eres socio o accionista de una persona moral

Tener participación en una sociedad te saca de RESICO, aunque la sociedad no reparta utilidades. Hay excepciones para socios de sociedades de ahorro y asociaciones sin fines de lucro.

Te sacan si dejas de declarar 3 meses seguidos

El SAT te expulsa de RESICO si omites tres declaraciones mensuales consecutivas (o seis no consecutivas en el año) y pasas al régimen general, con ISR de hasta 35%.

¿No estás seguro de tu caso? Habla con un asesor fiscal de heru →

Calculadora

¿Cuánto paga de impuestos un veterinario en RESICO?

Pon lo que facturas al mes. Ajusta el IVA según el tipo de servicio que cobras.

Calculadora de impuestos RESICO

Calcula cuánto pagarías en impuestos bajo RESICO con base en tus ingresos y gastos mensuales.

$
MXN
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MXN

Gastos relacionados con tu actividad económica. En RESICO no se deducen para ISR, pero el IVA de tus gastos sí se puede acreditar contra el IVA que cobras.

Tu contador para veterinarios, sin despacho y sin filas

No es un software donde tú capturas: es un equipo que opera tu RFC cada mes.

Acreditamos el IVA de todas tus compras

Descargamos automáticamente los CFDI que tus proveedores emiten a tu RFC y los aplicamos contra el IVA que cobraste.

Facturamos consulta y mostrador

CFDI al dueño que lo pide y factura global con RFC genérico para todo lo que cobraste al público en general, sin que tengas que hacerlo uno por uno.

Cruzamos tus retenciones de laboratorios y empresas

El 1.25% de ISR y el 10.6667% de IVA que te retienen se acreditan cada mes, y si generan saldo a favor te ayudamos a solicitarlo.

Declaramos ISR e IVA antes del día 17

Las dos declaraciones en la misma corrida, presentadas a tiempo y sin que tú entres al portal del SAT.

Te decimos si RESICO realmente te conviene

Con inventario alto, RESICO no siempre gana.

Regularizamos declaraciones atrasadas

Presentamos lo que debes, calculamos multas y recargos reales y dejamos tu opinión de cumplimiento en positivo.

Cómo darte de alta en RESICO como veterinario

Tú conectas tu RFC. Del SAT nos encargamos nosotros.

01

Conectas tu RFC

Vinculas tu RFC con tu contraseña del SAT o tu e.firma. Descargamos tu constancia de situación fiscal, tus facturas emitidas y tus CFDI de retenciones.

02

Vemos si RESICO te conviene

Comparamos RESICO contra el régimen general considerando tu inventario de medicamentos y alimento, que es lo que puede cambiar la respuesta.

03

Hacemos el cambio de régimen

Presentamos el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT. Sin filas, sin cita, sin que tú entres al portal.

04

Declaramos cada mes por ti

Presentamos ISR e IVA antes del día 17, con el IVA de tus compras acreditado y las retenciones aplicadas.

El plan para veterinarios en RESICO

Sin contratos forzosos.

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Preguntas frecuentes

Aprende más sobre RESICO

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Guía completa del Régimen RESICO 2026

RESICO te permite pagar entre 1% y 2.5% de ISR en lugar del 20-35% del régimen general. Esta guía te explica quién califica, cuánto pagas, tus obligaciones y los errores que te pueden sacar del régimen.

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