
Guía completa del Régimen RESICO 2026
RESICO te permite pagar entre 1% y 2.5% de ISR en lugar del 20-35% del régimen general. Esta guía te explica quién califica, cuánto pagas, tus obligaciones y los errores que te pueden sacar del régimen.
Tus clientes son empresas, y cada iguala que cobras llega con 1.25% de ISR y 10.6667% de IVA ya retenidos. Si nadie los acredita mes a mes, estás pagando dos veces. heru los cruza, los aplica y presenta tu declaración.
Información fiscal vigente para 2026 · Actualizado en
De tu factura a tu cuenta
Facturas $90,000 + IVA
80% de tus honorarios va a personas morales
Te retienen $8,580.00
1.25% de ISR y 10.67% de IVA, en el CFDI que emite tu cliente
Te depositan $95,820.00
Lo retenido no se perdió: es tu impuesto pagado por adelantado
Sí, si litigas o asesoras por tu cuenta, no rebasas $3.5 millones al año y no eres socio de una persona moral.
RESICO es un régimen de personas físicas. En heru solo llevamos personas físicas: es en lo que somos buenos.
Datos clave
Para todo perfil
Litigante independiente
Civil, mercantil, familiar, amparo
Corporativo y contratos
Igualas mensuales con empresas
Laboral
Defensa patronal o del trabajador
Fiscal y administrativo
Medios de defensa, devoluciones
Propiedad intelectual
Marcas, patentes, licenciamiento
Consultor legal externo
Proyectos por horas para despachos
Cuatro, y ninguna es deducir gastos: RESICO no lo permite.
1% a 2.5% de ISR sobre lo que efectivamente entra a tu cuenta. En Actividades Profesionales, la tarifa progresiva sobre tu utilidad llega al 35%.
El ISR de RESICO se causa sobre el ingreso cobrado. Un cliente que se tarda tres meses en pagarte no te genera impuesto hasta que paga: crítico en litigio, donde el cobro es irregular.
Con 1.25% retenido de ISR y una tasa de RESICO que puede ser de 1% o 1.1%, si facturas casi todo a empresas terminas con más retenido que causado. Eso es saldo a favor.
Los pagos mensuales son definitivos y no llevas contabilidad electrónica. Un abogado no debería estar dedicando horas facturables a eso.
Los servicios legales están gravados al 16%. Trasladas el IVA en tu factura y lo declaras mensualmente, igual que en cualquier otro régimen: RESICO no cambia nada del IVA.
Cuando tu cliente es una empresa, te retiene 10.6667% (dos terceras partes del 16%) y solo te deposita el tercio restante. En región fronteriza la retención es de 5.3333%.
El IVA de tus gastos sí es acreditable: renta de oficina, coworking, software jurídico, suscripciones a bases de datos, gasolina, papelería, honorarios de peritos. Ese IVA no baja tu ISR, pero baja peso por peso lo que enteras de IVA.
Fundamento: LIVA art. 1 · LIVA art. 1-A, fr. II, inciso a) · RLIVA art. 3
IVA que trasladas
16%
En todos tus honorarios
IVA que te retienen
10.67%
Cuando le facturas a una empresa
El IVA de tus gastos sí es acreditable
Con actividad 100% gravada acreditas el IVA íntegro de tus gastos. Si además tus clientes te retienen dos terceras partes del IVA que trasladas, es matemáticamente frecuente terminar el mes con IVA a favor. Esa es la parte que casi nadie reclama.
Empresas, despachos, instituciones financieras
Al facturar a una empresa desde RESICO te retienen 1.25% de ISR y 10.6667% de IVA. Las dos aparecen en el CFDI de retenciones que el cliente emite (no en tu factura) y por eso se pierden con tanta facilidad.
Son anticipos, no impuestos adicionales. Acreditadas correctamente, reducen lo que pagas cada mes; ignoradas, se convierten en un pago doble.
Cuando lo retenido supera lo causado hay saldo a favor. Desde 2026, la Resolución Miscelánea permite pedir la devolución del ISR retenido en exceso mes a mes, sin esperar a la declaración anual: algo que prácticamente nadie está usando.
heru lo hace automático
Descargamos tus CFDI de retenciones del SAT, los cruzamos con tus facturas emitidas y restamos lo retenido antes de calcular lo que debes pagar.
Acreditar la retención vs. no hacerlo
Sin acreditar
$1,800.00
de ISR cada mes
Acreditando
$900.00
de ISR cada mes
Sobre el ejemplo de $90,000 al mes, no acreditar la retención de ISR cuesta $900.00 extra cada mes) $10,800.00 al año que el SAT ya tenía.
A eso se suman $7,680.00 mensuales de IVA retenido que también se acreditan.
El artículo 113-F calcula tu ISR sobre lo cobrado «sin aplicar deducción alguna». No restas gastos del negocio ni las deducciones personales de la anual. Y aun así pagas menos: la tasa es de 1% a 2.5% en lugar de hasta 35%.
Lo que sí recuperas es el IVA. Tus gastos no bajan tu ISR, pero el IVA que pagaste en ellos sí se acredita contra el IVA que trasladas, siempre que tengas el CFDI a tu RFC. Es dinero real que la mayoría deja pasar.
Cuándo RESICO no te conviene
Si sostienes una oficina con personal y tus gastos comprobables superan el 40% de tus ingresos, Actividades Profesionales puede pagar menos porque ahí sí restas cada peso. También si estás cerca del tope de $3.5 MDP: cambiar a media temporada es más caro que planearlo.
Tus gastos reales
No reducen tu ISR, pero su IVA sí es acreditable. Guardar cada CFDI vale dinero.
* Cada gasto necesita CFDI a tu RFC para poder acreditar su IVA
La tasa depende de cuánto facturas al mes, no de tu profesión.
| Ingreso mensual cobrado | Tasa de ISR | ISR en el tope del tramo |
|---|---|---|
| $0 – $25,000 | 1% | $250 |
| $25,000 – $50,000 | 1.1% | $550 |
| $50,000 – $83,333 | 1.5% | $1,250 |
| $83,333 – $208,333 | 2% | $4,167 |
| $208,333 – $3,500,000 | 2.5% | $87,500 |
Tope anual
Si superas $3,500,000 de ingresos en el año, sales de RESICO a partir del mes siguiente.
Retención de personas morales
Toda persona moral que te pague retiene 1.25% de ISR, y tú lo acreditas contra el pago del mes.
Tasas conforme al artículo 113-E de la Ley del ISR.
Antes de cambiarte corremos este número con tus cifras reales.
| Concepto | RESICO | Honorarios (Actividades Profesionales) |
|---|---|---|
| Tasa de ISR | 1% a 2.5% sobre ingresos cobrados | 1.92% a 35% sobre la utilidad |
| Deducción de gastos | No aplica: el ISR se calcula sin deducción alguna | Sí: cada peso deducido baja la base del ISR |
| Deducciones personales (art. 151) | No aplican | Sí, en la declaración anual |
| Declaración anual | No la presentas: los pagos mensuales son definitivos | Obligatoria, a más tardar el 30 de abril |
| Contabilidad electrónica | No la llevas | Obligatoria |
| Límite de ingresos | Hasta $3,500,000 al año | Sin límite |
| IVA | 16% trasladado, IVA de gastos acreditable, retención de 10.6667% | Mismo tratamiento de IVA: retención de 10.6667% igual |
| Retención cuando le facturas a una empresa | 1.25% de ISR | 10% de ISR |
| Te conviene si… | Facturas menos de $3.5 MDP y tus gastos son bajos (el caso típico del litigante) | Rebasas $3.5 MDP, tienes oficina cara, pasantes en nómina o pagas mucho a peritos |
Los requisitos, y los casos en los que no aplica.
Facturas menos de $3.5 MDP al año
El límite aplica al total de tus ingresos del año por tu actividad. Si lo rebasas, sales de RESICO a partir del mes siguiente.
Tributas como persona física
No necesitas constituir una sociedad ni tener empleados para estar en RESICO.
Puedes tener igualas y casos por evento a la vez
No importa cómo cobres (iguala mensual, cuota litis, por hora): todo suma para el tope de $3.5 MDP y todo tributa igual.
No aplica si eres socio de la S.C. del despacho
Ser socio de la sociedad civil que opera el despacho te saca de RESICO como persona física, aunque solo factures honorarios propios.
No aplicas si eres socio o accionista de una persona moral
Tener participación en una sociedad te saca de RESICO, aunque la sociedad no reparta utilidades. Hay excepciones para socios de sociedades de ahorro y asociaciones sin fines de lucro.
Te sacan si dejas de declarar 3 meses seguidos
El SAT te expulsa de RESICO si omites tres declaraciones mensuales consecutivas (o seis no consecutivas en el año) y pasas al régimen general, con ISR de hasta 35%.
¿No estás seguro de tu caso? Habla con un asesor fiscal de heru →
Pon lo que facturas al mes. Ajusta el IVA según el tipo de servicio que cobras.
Calcula cuánto pagarías en impuestos bajo RESICO con base en tus ingresos y gastos mensuales.
Gastos relacionados con tu actividad económica. En RESICO no se deducen para ISR, pero el IVA de tus gastos sí se puede acreditar contra el IVA que cobras.
No es un software donde tú capturas: es un equipo que opera tu RFC cada mes.
Los emite tu cliente, no tú, y por eso se pierden.
Si lo retenido supera lo causado, te lo decimos y te ayudamos con el trámite de devolución en lugar de dejarlo dormido hasta el año siguiente.
En RESICO pagas sobre lo cobrado.
Oficina, bases de datos jurídicas, peritos, gasolina, software.
Sin que dediques una sola hora facturable al portal del SAT.
Monitoreamos el acumulado del año para que la salida de RESICO sea una decisión tuya y no una sorpresa del SAT.
Tú conectas tu RFC. Del SAT nos encargamos nosotros.
Vinculas tu RFC con tu contraseña del SAT o tu e.firma. Descargamos tu constancia de situación fiscal, tus facturas emitidas y tus CFDI de retenciones.
Comparamos RESICO contra Honorarios con tus ingresos reales y el peso de tu oficina, y revisamos que no seas socio de una S.C.
Presentamos el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT. Sin filas, sin cita, sin que tú entres al portal.
Presentamos ISR e IVA antes del día 17, con el 1.25% y el 10.6667% retenidos ya acreditados.
Sin contratos forzosos.
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(-25%)
Precio mensualizado del plan anual; ahorro total: $2,400.
Ideal para personas que generan ingresos como independientes, freelancer, RESICO, renta de propiedades, ventas online, influencers o médicos
Activar Plan RESICOTu plan incluye
Alta en el SAT, el régimen de RESICO y la actividad económica correspondiente.
Declaramos tus impuestos antes del 17 de cada mes
Detección automática de deducciones optimizada con inteligencia artificial
¿Ya rebasaste los $3.5 MDP? Sigues siendo persona física, pasas a Actividad Empresarial y Profesional. Ver ese régimen →
+50,000 contribuyentes usan heru para resolver sus impuestos
Alejandra Morales
Freelancer
Me cambié a RESICO con heru y fue una buena decisión. La plataforma hace todo muy fácil y me avisa cuando tengo que hacer mis declaraciones. Ya no me preocupo por nada de esto.
Isabel Mendoza
Profesionista independiente
Desde que empecé como independiente estaba preocupada por cómo manejar todo lo del SAT, pero con heru ha sido muy fácil. Su plataforma hace todo prácticamente, yo solo tengo que revisar y aprobar.
Alejandra Morales
Freelancer
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Isabel Mendoza
Profesionista independiente
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Daniel Vázquez
Desarrollador web
Excelente servicio. Me ayudaron con la migración a RESICO gratis. La facturación es rápida y la aprobación de las declaraciones es muy sencilla.
Roberto Campos
Consultor independiente
La migración a RESICO fue muy sencilla con heru. Me gusta mucho que puedo ver todos mis ingresos y declaraciones en un solo lugar. El soporte con IA responde rápido y bien, pero me gustaría más soporte personalizado.
Daniel Vázquez
Desarrollador web
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Roberto Campos
Consultor independiente
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Mariana Ruiz
Nutrióloga
Me encanta que la plataforma me avise cuando tengo que hacer mi declaración, cuando hay que pagar, cuando hay actualizaciones del SAT. El soporte es bueno, pero algo lento.
Carmen Ortiz
Freelancer
Súper recomendado! La plataforma es muy completa y me ha ayudado muchísimo con mis obligaciones de RESICO. Los recordatorios son muy útiles y el proceso es muy claro.
Mariana Ruiz
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Carmen Ortiz
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Francisco Torres
Fotógrafo freelance
Como freelancer, heru me ha quitado una carga enorme. Su sistema de facturación es muy intuitivo y me ayuda a mantener todo en orden. Presentan bien las declaraciones.
Luis Herrera
Profesionista independiente
Como profesionista independiente, heru me ha facilitado enormemente el manejo de mis impuestos. La plataforma es muy intuitiva y el soporte, aunque si llega a ser tardado, siempre está disponible.
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Aprende qué es el saldo a favor del SAT, cómo saber si tienes uno, cuánto tiempo tarda la devolución y cómo solicitarla.
Contenido informativo actualizado en . No sustituye una asesoría fiscal personalizada: las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal se actualizan cada año y tu caso puede tener particularidades. Si tienes dudas, habla con un asesor de heru.
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