RESICO comercio · Local · Servicios · Taller

Tu negocio en RESICO: 1–2.5% de ISR y tu IVA de vuelta.

Papelería, abarrotes, estética, barbería, uñas, limpieza, taller mecánico o gimnasio. Si operas como persona física y facturas menos de $3.5 MDP al año, RESICO es de los mejores lugares donde puedes estar: tasa de un dígito y todo el IVA de tus compras se recupera.

1%–2.5%
ISR sobre ingresos
16%
IVA en tu actividad
0
declaraciones anuales
  • 1% a 2.5% de ISR sobre lo cobrado, en lugar de hasta 35%
  • Nadie te retiene IVA: no eres servicio profesional
  • El IVA de mercancía, renta, luz y equipo se acredita al 100%

Información fiscal vigente para 2026 · Actualizado en

IVA 16%

Tu mes en RESICO

Negocio que factura $65,000 al mes sin IVA: $13,000 a una empresa con contrato y $52,000 al público, con $34,000 de mercancía, renta y servicios.

Ingresos del mes (sin IVA)$65,000
ISR RESICO (1.5%)$975.00
Retención de ISR (1.25%)− $162.50
IVA trasladado (16%)$10,400.00
IVA acreditable de tus compras− $4,689.66
Pagas al SAT este mes$6,522.84

Calculado con los tramos vigentes del artículo 113-E.

¿Puedes estar en RESICO siendo comercio o servicio? Esto es lo que pagarías

Sí, si tu negocio opera a nombre de una persona física, facturas menos de $3.5 millones al año y no eres socio de una persona moral.

  • Pagas de 1% a 2.5% de ISR sobre lo que efectivamente cobras, sin restar gastos.
  • Tus ventas y servicios causan IVA al 16%, y lo trasladas en tu factura.
  • Nadie te retiene IVA: esa retención es solo para servicios profesionales.
  • Solo hay retención de 1.25% de ISR cuando le facturas a una empresa.
  • El IVA de mercancía, renta, luz, equipo y publicidad se acredita al 100%.

RESICO es un régimen de personas físicas. En heru solo llevamos personas físicas: es en lo que somos buenos.

Datos clave

Tasa de ISR en RESICO
1% a 2.5% sobre ingresos cobrados
IVA en tus ventas y servicios
16%
Retención de IVA
No aplica
Retención de ISR
1.25%, solo si le facturas a una empresa
IVA de tus compras
Acreditable al 100%
Límite de ingresos
$3,500,000 al año

Para todo perfil

Papelería y abarrotes

Tienda de barrio, mostrador, ticket bajo

Estética y barbería

Salón, uñas, spa, tratamientos

Taller mecánico

Servicio, refacciones, hojalatería

Gimnasio y entrenador

Mensualidades, clases, entrenamiento personal

Servicios de limpieza

Casas, oficinas, contratos con empresas

Otros comercios

Ferretería, tintorería, lavandería, florería

Qué gana un comercio o servicio en RESICO

Cuatro, y ninguna es deducir gastos: RESICO no lo permite.

01

Nadie te retiene IVA

La retención de 10.6667% aplica a servicios profesionales, no a comercios ni a servicios como el tuyo. Cobras tu IVA completo y tú lo enteras.

02

Todo el IVA de tus compras se recupera

Mercancía, renta del local, luz, agua, equipo, mobiliario, publicidad y hasta el software del punto de venta. Como toda tu actividad está gravada, se acredita al 100%.

03

Tasa de un dígito sobre lo cobrado

1% a 2.5% de ISR, contra una tarifa que llega al 35% sobre la utilidad en el régimen general.

04

Sin anual y sin contabilidad electrónica

Los pagos mensuales son definitivos. Tu obligación se reduce a emitir CFDI y declarar cada mes.

IVA · 16%

Cobras IVA, y por eso recuperas el de todo lo que compras

Lo que vendes y los servicios que prestas están gravados al 16%. Lo trasladas en tu factura y lo declaras cada mes, igual que en cualquier régimen: RESICO no cambia nada del IVA.

A diferencia de un abogado o un contador, a ti nadie te retiene IVA. La retención de dos terceras partes aplica a servicios personales independientes, no a comercios ni a servicios como el tuyo. Eso significa que el IVA lo cobras completo y lo administras tú.

Y como toda tu actividad está gravada, el IVA de todo lo que compras para operar es acreditable sin proporciones: mercancía, renta, luz, agua, equipo, mobiliario, uniformes, publicidad y paquetería.

Fundamento: LIVA art. 1 · LIVA art. 1-A, fr. II · LIVA art. 5

IVA que cobras

16%

En ventas y en servicios

IVA que te retienen

0%

No eres servicio profesional

El IVA de tus gastos sí es acreditable

Es el mejor escenario para acreditar que hay: sin actos exentos, sin proporciones y sin retenciones que perseguir. Lo único que hace falta es pedir factura a tus proveedores. Cada compra de mercancía sin CFDI a tu RFC es 16% que pagas de tu bolsa.

El error más caro del régimen

Solo te retienen si le facturas a una empresa

Empresas que te contratan por servicio o compra

Tu cliente de mostrador es persona física y no retiene nada: cobras completo y tú enteras el IVA.

Cuando le facturas a una empresa, estando en RESICO te retiene 1.25% de ISR y emite el CFDI de retenciones. Eso pasa, por ejemplo, si limpias oficinas por contrato, si el taller atiende la flotilla de una compañía o si la papelería surte a un corporativo.

Lo que no hay en tu caso es retención de IVA: esa aplica a servicios personales independientes, no a comercios ni a servicios como el tuyo.

heru lo hace automático

Descargamos tus CFDI de retenciones del SAT, los cruzamos con tus facturas emitidas y restamos lo retenido antes de calcular lo que debes pagar.

Acreditar la retención vs. no hacerlo

Sin acreditar

$975.00

de ISR cada mes

Acreditando

$812.50

de ISR cada mes

Sobre el ejemplo de $65,000 al mes, no acreditar la retención de ISR cuesta $162.50 extra cada mes) $1,950.00 al año que el SAT ya tenía.

La pregunta que más se busca

¿Qué gastos puede deducir un comercio o servicio en RESICO?

Del ISR

Nada

En RESICO el ISR se calcula sobre lo cobrado sin aplicar deducción alguna. Ni gastos del negocio ni deducciones personales.

Del IVA

Todo

Como toda tu actividad está gravada, el IVA de tus gastos se acredita al 100% contra el que cobras.

Son dos impuestos distintos y conviene no mezclarlos. El ISR no se deduce en RESICO, punto. El IVA sí se recupera, y ese sí es dinero que vuelve a tu bolsa cada mes.

Y aun sin deducir nada del ISR pagas menos, porque la tasa es de 1% a 2.5% en lugar de hasta 35%. Ese es el trato de RESICO: tasa baja a cambio de no deducir.

Cuándo RESICO no te conviene

Es la comparación que más importa en un comercio. Si revendes con margen bajo, RESICO cobra sobre la venta completa y no sobre tu utilidad: una tienda que vende $100 y compró en $75 paga ISR sobre los $100. En el régimen general restarías ese costo. Con margen alto, como en una estética o un gimnasio, RESICO gana con claridad.

Tus gastos reales

No reducen tu ISR, pero su IVA sí se recupera. Guardar cada CFDI vale dinero.

📦 Mercancía e inventario
🏬 Renta del local
Luz, agua y gas
🪑 Equipo y mobiliario
🔧 Herramienta y refacciones
🧴 Producto de trabajo
👥 Personal y uniformes
💳 Terminal y comisiones de cobro
📣 Publicidad y redes
💻 Software de punto de venta

* Cada gasto necesita CFDI a tu RFC

Tasas de ISR en RESICO 2026

La tasa depende de cuánto facturas al mes, no de tu profesión.

Desliza la tabla para ver todas las columnas.

Tasas de ISR del Régimen Simplificado de Confianza por nivel de ingreso mensual, aplicables a comercios y servicios en México en 2026.
Ingreso mensual cobrado Tasa de ISR ISR en el tope del tramo
$0 – $25,000 1% $250
$25,000 – $50,000 1.1% $550
$50,000 – $83,333 1.5% $1,250
$83,333 – $208,333 2% $4,167
$208,333 – $291,667 2.5% $7,292

Tope anual

Si superas $3,500,000 de ingresos en el año, sales de RESICO a partir del mes siguiente.

Retención de personas morales

Toda persona moral que te pague retiene 1.25% de ISR, y tú lo acreditas contra el pago del mes.

Tasas conforme al artículo 113-E de la Ley del ISR.

¿Qué régimen fiscal le conviene a un comercio o servicio? RESICO vs Régimen general

Antes de cambiarte corremos este número con tus cifras reales.

Desliza la tabla para ver todas las columnas.

Comparación entre el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y Actividad Empresarial y Profesional para comercios y servicios en México.
Concepto RESICO Actividad Empresarial y Profesional
Tasa de ISR 1% a 2.5% sobre ingresos cobrados 1.92% a 35% sobre la utilidad
Deducción de gastos No aplica: el ISR se calcula sin deducción alguna Sí: cada peso deducido baja la base del ISR
Deducciones personales (art. 151) No aplican Sí, en la declaración anual
Declaración anual No la presentas: los pagos mensuales son definitivos Obligatoria, a más tardar el 30 de abril
Contabilidad electrónica No la llevas Obligatoria
Límite de ingresos Hasta $3,500,000 al año Sin límite
IVA 16% trasladado, IVA de compras acreditable al 100% Mismo tratamiento de IVA
Retención cuando le facturas a una empresa 1.25% de ISR No hay retención de ISR a personas físicas con actividad empresarial
Te conviene si… Tu margen es bueno y tu mercancía no se come más del 40% de lo que vendes Revendes con margen bajo o vas a invertir fuerte en equipo este año

¿Puedes estar en RESICO siendo comercio o servicio?

Los requisitos, y los casos en los que no aplica.

Facturas menos de $3.5 MDP al año

El límite aplica al total de tus ingresos del año por tu actividad. Si lo rebasas, sales de RESICO a partir del mes siguiente.

Tributas como persona física

No necesitas constituir una sociedad ni tener empleados para estar en RESICO.

Puedes tener empleados

RESICO para personas físicas no lo prohíbe. Sí tienes obligaciones patronales aparte, como retener el ISR de sueldos e inscribirlos al IMSS, pero eso es independiente de tu régimen.

No aplica si vendes por Amazon o Mercado Libre

El ingreso que llega por una plataforma digital va al régimen de plataformas tecnológicas, no a RESICO. Si vendes por tu cuenta, en tu local, tu página o tus redes, ahí sí puedes estar en RESICO.

No aplicas si eres socio o accionista de una persona moral

Tener participación en una sociedad te saca de RESICO, aunque la sociedad no reparta utilidades. Hay excepciones para socios de sociedades de ahorro y asociaciones sin fines de lucro.

Te sacan si dejas de declarar 3 meses seguidos

El SAT te expulsa de RESICO si omites tres declaraciones mensuales consecutivas (o seis no consecutivas en el año) y pasas al régimen general, con ISR de hasta 35%.

Quiénes no pueden estar en RESICO, aunque su negocio califique

  • Eres socio, accionista o integrante de una empresa

    Tener participación en una persona moral te deja fuera, aunque la empresa no reparta utilidades y tú factures aparte.

  • Tus ingresos totales del año pasan de $3.5 millones

    Se suma todo: tu negocio más lo que ganes por sueldos y salarios e intereses. Si el total rebasa el tope, no calificas.

  • Eres residente en el extranjero con establecimiento permanente en México

    También queda fuera quien recibe ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

¿No estás seguro de tu caso? Habla con un asesor fiscal de heru →

Calculadora

¿Cuánto paga de impuestos un comercio o servicio en RESICO?

Pon lo que facturas al mes. Ajusta el IVA según el tipo de servicio que cobras.

Calculadora de impuestos RESICO

Calcula cuánto pagarías en impuestos bajo RESICO con base en tus ingresos y gastos mensuales.

$
MXN
$
MXN

Gastos relacionados con tu actividad económica. En RESICO no se deducen para ISR, pero el IVA de tus gastos sí se puede acreditar contra el IVA que cobras.

Tu contador para comercios y servicios, sin despacho y sin filas

No es un software donde tú capturas: es un equipo que opera tu RFC cada mes.

Capturamos el IVA de todas tus compras

Descargamos los CFDI que tus proveedores emiten a tu RFC y los aplicamos contra el IVA que cobraste.

Facturación global del mostrador

Emitimos la factura al cliente que la pide y una global con RFC genérico por todo lo demás, sin que la hagas una por una.

Corremos el número de tu margen

Con margen bajo RESICO puede salir más caro que el régimen general. Lo calculamos con tus cifras antes de recomendarte nada.

Acreditamos las retenciones de tus clientes empresa

El 1.25% de ISR que te retienen se aplica contra tu impuesto del mes.

Declaramos ISR e IVA antes del día 17

Las dos en la misma corrida, sin que entres al portal del SAT.

Te avisamos si te acercas al tope

Monitoreamos el acumulado del año para que la salida de RESICO sea decisión tuya.

Cómo darte de alta en RESICO como comercio o servicio

Tú conectas tu RFC. Del SAT nos encargamos nosotros.

01

Conectas tu RFC

Vinculas tu RFC con tu contraseña del SAT o tu e.firma. Descargamos tu constancia de situación fiscal, tus facturas emitidas y tus CFDI de retenciones.

02

Vemos si RESICO te conviene

Revisamos tu margen y de dónde vienen tus ventas: eso decide entre RESICO, plataformas tecnológicas y el régimen general.

03

Hacemos el cambio de régimen

Presentamos el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT. Sin filas, sin cita, sin que tú entres al portal.

04

Declaramos cada mes por ti

Presentamos ISR e IVA antes del día 17, con el IVA de tus compras acreditado.

El plan para comercios y servicios en RESICO

Sin contratos forzosos.

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Precio mensualizado del plan anual; ahorro total: $2,400.

Ideal para personas que generan ingresos como independientes, freelancer, RESICO, renta de propiedades, ventas online, influencers o médicos

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Alta en el SAT, el régimen de RESICO y la actividad económica correspondiente.

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Detección automática de deducciones optimizada con inteligencia artificial

¿Ya rebasaste los $3.5 MDP? Sigues siendo persona física, pasas a Actividad Empresarial y Profesional. Ver ese régimen →

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Preguntas frecuentes

Aprende más sobre RESICO

Freelancer trabajando en su escritorio - Guia RESICO 2026

Guía completa del Régimen RESICO 2026

RESICO te permite pagar entre 1% y 2.5% de ISR en lugar del 20-35% del régimen general. Esta guía te explica quién califica, cuánto pagas, tus obligaciones y los errores que te pueden sacar del régimen.

10 min de lectura

Fuentes y fundamento legal

Contenido informativo actualizado en . No sustituye una asesoría fiscal personalizada: las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal se actualizan cada año y tu caso puede tener particularidades. Si tienes dudas, habla con un asesor de heru.

RESICO para comercios y servicios

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