Lista negra del SAT (69-B): qué es y cómo salir en 2025
Que tu nombre aparezca en la lista negra del SAT es una situación grave que puede bloquear completamente tu actividad fiscal. Aquí te explicamos qué es, por qué ocurre y, sobre todo, cómo salir de ella.
¿Qué es la lista negra del SAT?
La lista negra del SAT es el nombre popular para el listado de contribuyentes que emite el SAT bajo el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Este artículo aplica a personas o empresas que emitieron Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad para prestar los servicios o vender los bienes amparados en esas facturas.
A estos contribuyentes se les conoce como EFOS (Empresas Fantasma o Empresas que Facturan Operaciones Simuladas). Pero también afecta a los EDOS: empresas o personas que dedujeron o acreditaron esas facturas simuladas.
¿Cómo saber si estás en la lista negra del SAT?
El SAT publica periódicamente el listado en su portal. Para verificar tu situación:
- Entra a sat.gob.mx
- Busca la sección 'Artículo 69-B' o 'Listado de contribuyentes con operaciones inexistentes'
- Puedes buscar por RFC o razón social
- El listado muestra la fase en que se encuentra el contribuyente: definitivo o presunto
Las 3 fases del artículo 69-B
1. Contribuyente presunto
El SAT notifica al contribuyente que se presume que emitió facturas sin respaldo real. El contribuyente tiene 15 días hábiles para desvirtuar (demostrar que las operaciones sí fueron reales) o para autocorregirse.
2. Contribuyente definitivo
Si el contribuyente no desvirtúa ni se corrige, el SAT lo incluye en el listado definitivo. A partir de este momento, sus CFDIs quedan sin efecto fiscal — nadie puede deducir ni acreditar esas facturas.
3. Desvirtuado o corregido
Si el contribuyente logra demostrar que sus operaciones eran reales o se autocorrige, el SAT lo retira del listado y publica el cambio de situación.
¿Qué pasa si pagaste facturas de un EFOS?
Si eres un EDO (usaste facturas de alguien en lista negra), tienes 30 días hábiles desde la publicación del listado definitivo para:
- Acreditar ante el SAT que la operación sí fue real con documentación de soporte
- Corregir tu situación fiscal devolviendo los beneficios fiscales que obtuviste de esas facturas
Si no lo haces, el SAT puede liquidarte el ISR y/o IVA correspondiente más recargos y multas.
Cómo salir de la lista negra del SAT
Si eres un EFOS (emitiste las facturas)
- Reúne toda la documentación que demuestre que las operaciones fueron reales: contratos, evidencia de entrega, pagos, etc.
- Presenta un escrito de desvirtuación ante el SAT dentro del plazo de 15 días hábiles
- Si no puedes desvirtuar, autocorrígete presentando declaraciones complementarias y pagando el impuesto omitido
Si eres un EDOS (usaste las facturas)
- Identifica cuáles facturas provienen de un EFOS
- Presenta declaraciones complementarias eliminando las deducciones o acreditamientos correspondientes
- Paga la diferencia de impuestos más actualización y recargos
Consecuencias de estar en la lista definitiva
- Tus sellos digitales pueden ser cancelados (no podrás emitir facturas)
- Tus cuentas bancarias pueden ser embargadas
- Puedes enfrentar responsabilidad penal en casos graves
- Tus clientes perderán las deducciones fiscales vinculadas a tus facturas
La mejor prevención: cumplir correctamente cada mes
La forma más efectiva de evitar problemas con el artículo 69-B es tener una contabilidad ordenada, emitir CFDIs solo por operaciones reales y presentar tus declaraciones correctamente cada mes. Con Heru, tu contabilidad queda en orden automáticamente y reduces a cero el riesgo de irregularidades.
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