IVA: qué es, cómo se calcula y cuándo debes pagarlo en México 2025
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es el impuesto más presente en la vida cotidiana de México — lo pagas cuando compras en el súper, cuando contratas servicios, cuando te facturan. Pero si tienes un negocio o trabajas como freelancer, también tienes que cobrarlo, declararlo y pagarlo al SAT. Aquí te explicamos todo.
¿Qué es el IVA?
El IVA es un impuesto indirecto que se aplica al consumo. Es 'indirecto' porque lo paga el consumidor final, pero quien lo recauda y lo entera al SAT eres tú como empresario o profesionista. Funciona en cadena: cada eslabón del proceso productivo cobra IVA a quien le compra y puede descontar el IVA que él mismo pagó.
Tasa del IVA en México
- Tasa general: 16% — aplica a la mayoría de productos y servicios
- Tasa 0%: alimentos no procesados, medicamentos, agua potable, libros — el vendedor cobra 0% pero puede acreditar el IVA que pagó
- Tasa frontera: 8% — en la franja fronteriza norte de México (Tijuana, Ciudad Juárez, Nogales, etc.)
- Exentos: servicios médicos, educación, transporte terrestre de personas, renta de casa habitación — no causan IVA
¿Cómo se calcula el IVA?
El cálculo es directo:
- IVA causado = precio del producto o servicio × 16%
- Precio final al cliente = precio base + IVA
- Ejemplo: servicio de $10,000 → IVA = $1,600 → Total a cobrar = $11,600
IVA trasladado vs IVA acreditable
IVA trasladado (el que cobras)
Es el IVA que incluyes en tus facturas a tus clientes. No es tuyo — eres un recaudador temporal del SAT. Debes enterarlo al SAT en tu declaración mensual.
IVA acreditable (el que pagas)
Es el IVA que tú pagas en tus compras y gastos relacionados con tu actividad (materiales, servicios, equipo). Puedes descontarlo del IVA que cobras a tus clientes.
IVA a pagar
IVA a pagar = IVA trasladado (cobrado) − IVA acreditable (pagado en gastos)
Ejemplo: cobraste $16,000 de IVA a clientes y pagaste $4,000 de IVA en gastos. Debes enterar al SAT: $16,000 − $4,000 = $12,000.
¿Cuándo se declara el IVA?
El IVA se declara mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente al período declarado. Si el día 17 cae en fin de semana o día festivo, se recorre al siguiente día hábil.
La declaración de IVA se presenta junto con la de ISR (en la misma plataforma del SAT). Son dos impuestos, una sola declaración mensual.
¿Qué actividades no cobran IVA?
Exentas de IVA
- Servicios médicos: honorarios de médicos, dentistas, psicólogos, nutriólogos
- Educación: colegios y universidades con reconocimiento oficial
- Renta de casa habitación
- Venta de casa habitación (hasta ciertos montos)
- Transporte terrestre de personas (autobuses, metro)
Tasa 0% de IVA
- Alimentos no procesados: frutas, verduras, carne, huevo, leche, tortillas
- Medicamentos de patente
- Agua natural para consumo humano
- Libros y revistas
¿Qué pasa si tienes saldo a favor de IVA?
Si en un mes el IVA que pagaste en tus gastos es mayor que el IVA que cobraste a clientes, tienes saldo a favor. Puedes compensarlo contra futuros pagos de IVA o, si aplica, solicitar una devolución al SAT.
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