Guía completa del Régimen de Actividad Empresarial 2026
Si tienes un negocio, vendes productos, das servicios profesionales o cualquier actividad comercial, el SAT te ubica en el Régimen de Actividad Empresarial y Profesional. Es el régimen más común para personas físicas con negocio propio.
En este régimen pagas ISR sobre tu utilidad real: ingresos menos gastos. A diferencia de RESICO, aquí sí puedes deducir todos tus gastos del negocio. Eso significa que entre más gastos comprobables tengas, menos impuestos pagas.
Dato clave: Un negocio que factura $80,000 al mes con $50,000 de gastos deducibles paga ISR sobre los $30,000 de utilidad. Eso puede ser tan bajo como $2,000 de ISR mensual.
¿Qué es el Régimen de Actividad Empresarial?
Es el régimen fiscal para personas físicas que realizan actividades comerciales, industriales, de servicios profesionales o agropecuarias. No tiene límite de ingresos. Pagas ISR sobre tu utilidad (ingresos - deducciones) usando una tabla progresiva.
Ejemplo: si facturaste $100,000 y tus gastos deducibles son $60,000, pagas ISR solo sobre $40,000.
Está regulado en los artículos 100 a 110 de la Ley del ISR. Es el régimen 'default' para cualquier persona física con negocio.
Sin límite de ingresos. Puedes facturar lo que necesites sin tope anual.
ISR sobre utilidad. Pagas impuesto solo sobre la ganancia real, no sobre todo lo que cobras.
Deducciones permitidas. Todos los gastos necesarios para tu negocio se restan de tus ingresos.
Tabla progresiva. La tasa sube conforme ganas más, del 1.92% al 35%.
¿Quién debe estar en este régimen?
- Tipo de actividad: comercial, industrial, servicios profesionales, agropecuaria
- Ingresos: sin límite (si superas $3.5M anuales, NO puedes estar en RESICO)
- RFC activo y actualizado ante el SAT
- e.firma vigente (obligatoria)
- Buzón tributario habilitado con correo verificado
- Contabilidad electrónica completa (balanzas, catálogo de cuentas)
Perfiles comunes: tiendas, restaurantes, talleres, despachos de abogados o contadores, constructoras, comercializadoras, consultorios médicos, agencias de marketing, y cualquier negocio con gastos operativos significativos.
¿Cuándo conviene más que RESICO?
- Tus gastos deducibles superan el 60-70% de tus ingresos
- Tienes nómina, renta de local, inventario o maquinaria
- Facturas más de $3,500,000 al año
- Necesitas deducir vehículos, viáticos o equipo de cómputo
¿Cómo se calcula tu ISR?
El ISR en este régimen se calcula con una tabla progresiva. Primero restas tus deducciones a tus ingresos para obtener tu utilidad. Después aplicas la tabla del SAT.
- Hasta $7,735: Tasa efectiva aprox. 1.92%
- De $7,736 a $65,651: Tasa efectiva aprox. 6.40% a 10.88%
- De $65,652 a $125,000: Tasa efectiva aprox. 16% a 21.36%
- De $125,001 a $250,000: Tasa efectiva aprox. 23.52% a 30%
- Más de $250,000: Tasa efectiva aprox. 30% a 35%
La clave: entre más deduzcas, menos pagas. Por eso llevar contabilidad ordenada es tu mejor estrategia fiscal.
Ejemplo: si facturas $120,000 y deduces $80,000 de gastos, tu ISR aprox: $4,500.
¿Qué puedes deducir?
Todo gasto estrictamente indispensable para tu actividad es deducible. Pero debe cumplir requisitos.
- Renta de local/oficina: CFDI + pago bancarizado
- Sueldos y salarios: Nómina timbrada + IMSS + Infonavit
- Servicios profesionales: CFDI + pago bancarizado
- Materiales e insumos: CFDI + relacionados con tu actividad
- Gasolina: CFDI + pago con tarjeta (no efectivo)
- Depreciación de activos: Porcentaje anual según tipo de bien
- Internet y teléfono: CFDI + proporción de uso de negocio
Regla de oro: Sin CFDI (factura) no hay deducción. Sin pago bancarizado arriba de $2,000, no hay deducción. Guarda todo, factura todo, paga todo por banco.
Tus obligaciones mes a mes
Pagos provisionales de ISR. Calcula y paga tu ISR antes del día 17 del mes siguiente.
Declaración mensual de IVA. Presenta tu declaración de IVA en el mismo plazo.
Contabilidad electrónica. Envía balanzas de comprobación y catálogo de cuentas al SAT.
DIOT. Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (mensual o semestral).
Declaración anual obligatoria: abril de cada año. Aquí sí presentas declaración anual. No es opcional.
IVA: funciona igual que siempre. Cobras 16% de IVA, lo desglosas en factura, declaras mensualmente. Puedes acreditar el IVA de tus compras. Si le facturas a personas morales, te retienen IVA e ISR.
5 errores que te cuestan dinero
No deducir todo lo que puedes. Muchos negocios pagan de más por no facturar sus gastos. Cada gasto sin CFDI es ISR que regalas.
Pagar en efectivo arriba de $2,000. Pierdes la deducción automáticamente. Usa tarjeta o transferencia para todo.
No separar cuentas personales y de negocio. El SAT puede considerar todos los depósitos como ingresos si mezclas cuentas.
Atrasar la contabilidad. Enviar balanzas tarde genera multas. Llevar la contabilidad al día es más barato que las multas.
No presentar la declaración anual. Multas de $1,810 a $22,400 por cada obligación no presentada. Además, pierdes el derecho a devoluciones.
La consecuencia: multas, recargos y auditorías. El SAT cruza tu información bancaria con tus facturas. Las discrepancias generan revisiones.
Actividad Empresarial vs RESICO
- Act. Empresarial: Tasa ISR 1.92% a 35% sobre utilidad | Deducciones: sí | Sin límite de ingresos | Contabilidad electrónica completa | Declaración anual obligatoria | Ideal para margen bajo, muchos gastos
- RESICO: Tasa ISR 1% a 2.5% sobre ingresos | Deducciones: no | Límite $3.5M/año | Contabilidad simplificada | Sin declaración anual | Ideal para margen alto, pocos gastos
La regla rápida: Si más del 60-70% de tus ingresos se van en gastos del negocio (renta, nómina, inventario, insumos), Actividad Empresarial te conviene porque pagas ISR solo sobre lo que realmente ganas. Si tus gastos son bajos, revisa si calificas para RESICO.
Ejemplo real: Carlos, dueño de una taquería
Carlos factura $150,000 al mes. Entre renta, insumos, nómina y servicios gasta $110,000. Su utilidad es $40,000.
ISR anual aprox: $54,000. Ahorro vs no deducir: $126,000.
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