11/8/2022
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Todo lo que debes saber de RESICO

El 2022 trajo consigo un nuevo régimen fiscal en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), conocido como RESICO. 

El nuevo esquema fiscal de Régimen Simplificado de Confianza tiene como principal finalidad facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las PYMES por medio de los siguientes beneficios:

  • Cálculo de impuestos de forma inmediata. 
  • Facilidades administrativas.
  • Declaraciones programadas.
  • Tasas más bajas del ISR Impuesto Sobre la Renta.

¿Quiénes pueden tributar en RESICO?

El nuevo régimen fiscal que entró en vigencia el 01 Enero 2022 ofrece facilidades para los emprendedores; en especial si están registrados como personas físicas, aunque  también pueden incorporarse las personas morales.

Los contribuyentes que pueden tributar en RESICO son:

  • Personas morales con ingresos máximos anuales hasta por 35 millones de pesos.
  • Personas físicas con actividad empresarial con ingresos menores anuales de 3.5 millones de pesos y que se encuentren en alguno de los siguientes regímenes fiscales:
  • Actividades empresariales y profesionales
  • Arrendamiento 
  • Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

¿Cuáles son los beneficios de tributar en RESICO?

Su principal ventaja es que te permite realizar tus obligaciones fiscales de forma más fácil y sencilla. A partir de tu incorporación en RESICO el impuesto se calculará sobre los ingresos efectivamente cobrados con una tasa de impuestos mucho más baja que se incrementará según tus ingresos:

Tabla mensual ISR RESICO

Todas las personas dadas de alta en este régimen deberán presentar su declaración y pago de impuestos de forma mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente mes. 

De igual manera; también están obligadas a presentar su declaración anual en el mes de abril.

Gracias a lo anterior, los contribuyentes pueden evitar realizar todo un proceso contable más complejo; ya que el pago de sus impuestos se realizará solamente con las facturas que generan y reciben mientras que el cálculo queda a cargo del portal del SAT.

Al momento de presentar tu declaración provisional podrás descargar tu línea de captura con el monto a pagar correspondiente a los impuestos del mes.

¿Qué ocurre si excedo los ingresos permitidos en RESICO?

  • Personas físicas: En el momento de exceder el monto señalado en cualquier momento del año fiscal, deberán darse de baja de RESICO al mes siguiente y actualizar su régimen fiscal con el que corresponda de acuerdo a sus actividades económicas. 
  • Personas morales: Al exceder el monto estipulado en RESICO en cualquier momento del año fiscal, la persona deberá modificar su régimen fiscal por el que le corresponda de acuerdo a sus actividades económicas y darse de baja de RESICO. 

¿Cómo me doy de alta en RESICO?

Para formar parte de este régimen debes contar con tu RFC (Registro Federal de Contribuyentes), además de con tu e.firma y tener activo tu buzón tributario, para que puedas empezar a emitir y solicitar facturas timbradas. 

Una vez que sepas que reúnes los requisitos para incorporarte a RESICO, puedes realizar el cambio de régimen desde el portar el SAT, solo deberás ingresar los datos que te solicitan e imprimir el comprobante de tu registro en RESICO. 

Sigue los siguientes pasos para darte de alta en RESICO: 

  1. Ingresa al portal del SAT https://www.sat.gob.mx/
  2. Las personas físicas deben seleccionar el apartado de "Personas", las personas morales deberán elegir "Empresas".
  3. Da clic en “Trámites del RFC” para que se despliegue el apartado “Actualización en el RFC”. Selecciona “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”.
  4. Da clic en el botón amarillo “Iniciar”.
  5. Inicia sesión ya sea proporcionando tu RFC o tu e.firma. 
  6. Selecciona la fecha en que estás realizando el alta de tu régimen. 
  7. Elige la actividad económica que realizas.  
  8. Indica el porcentaje de ingresos que percibes por las actividades que realizas. 
  9. El sistema te mostrará toda la información que proporcionaste, verifica que esté correcta y da clic en el botón "Guardar datos del cuestionario".

Una vez terminado el trámite, el sistema emitirá un comprobante de tu situación fiscal actualizada. 

¿Puede darme de baja el SAT de RESICO?

Sí, en los siguientes casos los contribuyentes pueden ser dados de baja sin posibilidad de reinscripción:

  • Personas que incumplan con sus obligaciones tributarias.
  • No realicen más de tres pagos mensuales de sus declaraciones mensuales. 
  • No presenten su declaración anual

Como puedes ver, son muchos los beneficios que proporciona RESICO este año fiscal;  sin embargo, es bueno analizar sus características y ver qué es lo más adecuado para ti y  tu negocio.

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