Si estás realizando una actividad económica de forma independiente pero estas suspendido en el SAT, aquí te contamos cómo reactivarte.
En la actualidad estar al día con el SAT, se ha convertido en un tema muy importante y determinante para tus ingresos. Uno de los factores más relevantes para estar al corriente, es que estés activo ante el SAT, según el tipo de actividad que realices.
Lo puedes consultar desde tu Constancia de Situación Fiscal, desde el portal del SAT, siguiendo estos pasos:
En el caso de que el SAT te suspenda, siempre te enviará la notificación o comunicación a tu buzón tributario, es importante que lo revises.
Si estás en este estatus debes saber cómo pasa esto:
Lo primero es que no te permite presentar declaraciones u otro tipo de trámite y esto puede generarte una multa.
Y por otro lado, el SAT puede suspenderte y ponerte una multa directa con la intención de que te pongas al corriente.
Esto se puede resolver sin acudir a las oficinas del SAT y lo realizas desde su portal.
En el Régimen Simplificado de Confianza, una persona física puede facturar por los siguientes conceptos:
Es importante mencionar que debes facturar exclusivamente por los servicios o productos relacionados con la actividad económica que tienes registrada ante el SAT. No puedes facturar por actividades que no hayas dado de alta previamente. Además recuerda que todas las facturas deben cumplir con los requisitos del CFDI 4.0 e incluir la clave de régimen fiscal 626 para personas físicas.